El próximo día 1 de julio de 2017 entrará en vigor el Nuevo Sistema de Suministro Inmediato de la Información el cual modifica el sistema actual de llevanza de los libros de registro del IVA y obligará a enviar telemáticamente a la Sede Electrónica de la AEAT los datos de las facturas emitidas y recibidas en un plazo máximo de 4 días naturales, incluidas las facturas simplificadas, en el caso en que la emisión de las facturas sea realizada por un tercero autorizado, el plazo se amplía hasta 8 días naturales.
Durante los meses previos a la entrada en vigor del nuevo Sistema, la Agencia Tributaria pondrá en marcha un proyecto piloto con el fin de testar el modelo con las empresas y proveedores tecnológicos llamados a implementar el nuevo sistema.
Más de 62.000 empresas deberán sumarse obligatoriamente al nuevo sistema propuesto por la Agencia Española de Administración Tributaria además, aquellas empresas que lo deseen, podrán voluntariamente acogerse al Nuevo Sistema (optando en el modelo 036 en el mes de noviembre anterior al año en el que vaya a surtir efecto).
¿Qué empresas están obligadas a cumplir con este Nuevo Sistema?
- Grandes empresas con más de 6 millones de euros de facturación.
- Los grupos de IVA.
- Los sujetos pasivos inscritos en el Régimen de Devolución Mensual del IVA.
Los sujetos pasivos acogidos al SII están obligados a llevar, a través de la Sede electrónica de la AEAT, mediante el suministro electrónico de los registros de facturación, los siguientes Libros Registro:
- Libro registro de facturas expedidas
- Libro registro de facturas recibidas
- Libro registro de bienes de inversión
- Libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias
Para ello, deben remitir a la AEAT los detalles sobre su facturación, cuya información se irán configurando casi en tiempo real los distintos Libros Registro.
El envío de esta información se realizará por vía electrónica, concretamente mediante Servicios Web basados en el intercambio de mensajes XML.