La Asociación de Transportistas de Canarias y Fersoft Informática han decidido suscribir un acuerdo de colaboración entre las partes con el fin de facilitar el acceso al cumplimiento de la normativa de protección de datos Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 y Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales 3/2018 (LOPDGDD), a nivel europeo, a los asociados, estableciendo y diseñando los principios y reglas básicas bajo las cuales las partes pretenden llevar a cabo dicha colaboración.

La entrada del Nuevo Reglamento modifica algunos aspectos de la anterior Ley Orgánica de Protección de Datos y contiene nuevas obligaciones que deben ser analizadas y aplicadas por cada organización teniendo en cuenta sus propias circunstancias.

Una de las medidas que cambia con el Nuevo Reglamento es la forma de tratar los datos ya que las empresas tienen que obtener el consentimiento de forma inequívoca y verificable, y no tácito como se venía haciendo anteriormente con la Ley Orgánica de Protección de Datos además, las empresas tienen la obligación de informar a las autoridades de control en un plazo de 72 horas en el caso de sufrir en algún momento una brecha de seguridad y, dependiendo de la gravedad, la empresa deberá también informar a los afectados, con el consiguiente perjuicio que esto puede ocasionar a la imagen de la empresa.

El incumplimiento de esta norma en materia de protección de datos, establece un marco de sanciones para aquellos casos en los que los sujetos obligados (empresas, autónomos o Administraciones Públicas) no cumplan con la normativa aplicable y las sanciones se podrán imponer tras un procedimiento de investigación, seguido por uno sancionador.

En caso de que la AEPD resuelva sancionar, según el artículo 83 del Reglamento General de Protección de Datos (UE) se podrían llegar a imponer multas administrativas de 10 millones de euros como máximo o, tratándose de una empresa, de una cuantía equivalente al 2% como máximo del volumen de negocio total anual global del ejercicio financiero anterior, optándose por la de mayor cuantía.

Y si, tras haber sido advertido, apercibido u ordenado por la AEPD para hacer algo, se continúa en el incumplimiento de las resoluciones de la autoridad de control, se podrán imponer multas administrativas de 20 millones de euros como máximo o, tratándose de una empresa, de una cuantía equivalente al 4% como máximo del volumen de negocio total anual global del ejercicio financiero anterior, optándose por la de mayor cuantía.

Especialistas en Protección de Datos desde 1999, en Fersoft contamos con nuestra herramienta jurídico-tecnológica Segurplus que ayuda a las empresas en el cumplimiento del Nuevo RGPD.

Además de ayudarles con la implantación integral del cumplimiento a la normativa, le ofrecemos defensa jurídica por vía administrativa ante la AEPD, totalmente gratuita, así como un servicio de consultoría ilimitada. Le ofrecemos como ayuda al cumplimiento, la herramienta Segurplus, con la que la persona responsable podrá apoyarse para cumplir con las obligaciones definidas en la normativa. Todo ello asistido por un equipo de profesionales.

Desde Fersoft Informática recordamos que es una norma de aplicación directa en toda la Unión Europea, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

La firma de este convenio refleja la confianza mutua existente entre ambas organizaciones y el deseo de colaborar juntas para ofrecer beneficios competitivos a todos sus asociados.